El proyecto de real decreto recoge, además, que los datos que deberá recoger el registro serán los siguientes: nombre y apellidos, documento nacional de identidad, fecha de nacimiento, sexo, lugar de nacimiento, nacionalidad, código postal de residencia, titulación, especialidad y vía de acceso, diplomas en áreas de capacitación específica, grado de carrera profesional, situación profesional, ejercicio profesional, centro de trabajo y datos de colegiación profesional.
El Ministerio de Sanidad Política Social e Igualdad adoptará las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad de la información contenida en el registro de profesionales sanitarios, así como su utilización con fines exclusivamente estadísticos, científicos y/o sanitarios. No obstante, el proyecto de real decreto establece que tendrán carácter público los datos del registro referidos a nombre, titulación, especialidad, lugar de ejercicio, y en su caso, categoría y función del profesional.
La implantación del registro nacional de profesionales sanitarios se realizará en el plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del real decreto.