El Real Decreto que desarrolla este Registro tiene previsto incorporar cerca de un millón de profesionales sanitarios con la siguiente distribución estimada.
- Médicos: 207.000
- Farmacéuticos: 59.000
- Dentistas: 29.000
- Veterinarios: 27.000
- Enfermeros: 240.000
- Fisioterapeutas: 37.000
- Podólogos: 6.000
- Ópticos: 15.000
- Resto de Profesiones sanitarias tituladas: 100.000
- Profesionales del área de la sanidad: 280.000
El Registro constará de 20 datos de los profesionales sanitarios que desarrollan su actividad en España, tanto en el ámbito público como en el privado, y será gestionado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Se implementará en soporte digital y se facilitará su consulta por medios electrónicos. Los datos que se incorporarán serán los siguientes:
-Número de incorporación al registro
-Nombre y apellidos
-DNI o Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE)
-Fecha de nacimiento
-Sexo
-Nacionalidad
-Medio preferente o lugar a efectos de comunicaciones
-Titulación
-Especialidad
-Diploma en Áreas de Capacitación Específica
-Diploma de Acreditación y Diploma de Acreditación Avanzada
-Situación profesional
-Lugar de ejercicio
-Categoría profesional
-Función
-Desarrollo profesional
-Colegiación
-Cobertura de responsabilidad civil en cada ámbito de ejercicio profesional
-Suspensión o inhabilitación para el ejercicio profesional
De todos estos datos, tendrán carácter público el nombre, la titulación, la especialidad, el lugar de ejercicio, la categoría y función, así como los diplomas de acreditación y de acreditación avanzada, si los hubiere.
La incorporación de un profesional al registro no es obligatoria ni necesaria para ejercer una profesión sanitaria. Los profesionales sanitarios podrán, en cualquier momento, acceder a sus datos y ejercer sus derechos de rectificación, cancelación y modificación.